Reglamento interior para el uso del Recreativo La Luna

Uno de los beneficios que ofrece Caja Hipódromo a la sociedad en general (principalmente a sus Socios y Ahorradores Menores) es el uso de las instalaciones del Centro Recreativo La Luna, un espacio al aire libre, creado para el sano esparcimiento de sus visitantes.

Para cumplir cabalmente con dicho propósito, se establece el presente reglamento con los pormenores respecto al uso, cuidado de las instalaciones y de sus visitantes, así como de sus derechos, obligaciones y prohibiciones dentro del recinto.

I.- INSTALACIONES. 

  1. Se establecen como instalaciones generales las siguientes: canchas deportivas (futbol rápido y basquetbol/voleibol), pista para caminar o trotar, área de estacionamiento, áreas verdes, chapoteadero, área de asadores, área de juegos infantiles y sanitarios.
  2. Se establecen como instalaciones de uso reservado para visitantes: las palapas.
  3. Se establecen como instalaciones de uso reservado para el personal de la Sociedad: la caseta de vigilancia, cabañas, bodegas, pozo de agua, cuarto de cisterna.
  4. Las instalaciones del Centro Recreativo estarán a disposición de los visitantes de miércoles a domingo en los horarios establecidos en los siguientes numerales.
  5. Lunes y martes permanecerá cerrado a los visitantes, se designarán ambos días para el mantenimiento y limpieza de las instalaciones, con excepción de los días lunes que estén marcados como inhábiles.
  6. El horario de servicio para los visitantes será de 10:30 a 17:30 hrs., el personal asignado al Centro Recreativo deberá tener visible en la entrada principal el letrero con el horario vigente.
  7. Será responsabilidad del personal de la Sociedad asignado al Centro Recreativo, vigilar que las instalaciones se encuentren en buenas condiciones, en caso de detectar algún daño ocasionado a las mismas deberá registrarlo en la bitácora correspondiente. Si el daño es causado por algún visitante, será su responsabilidad cubrir el costo de la reparación o reposición del bien, según sea el caso.
  8. La Dirección General, faculta al Responsable del Recreativo la Luna o en ausencia al Auxiliar del Centro Recreativo para el cierre de las instalaciones en caso de alguna emergencia que ponga en riesgo su integridad o la de los visitantes, previa notificación y justificación al Jefe de Compras o Gerente de Administración y Finanzas.
  9. De ser necesario, la Dirección General tendrá la facultad para restringir el uso de algunas áreas del Centro Recreativo establecidas como instalaciones generales y de uso reservado, de ser así, se notificará al personal asignado al Centro Recreativo para que informe a los visitantes que acudan ese día a las instalaciones, así mismo, de manera anticipada se dará aviso al Supervisor de Servicios Generales para que a su vez instruya al personal a cargo y notifique a quienes soliciten la reservación de alguna palapa, cuando se presenten dichas situaciones se informe al Consejo de Administración para su conocimiento.
  10. En la medida de lo posible, el personal de la Sociedad asignado, podrá limitar la entrada a las instalaciones, o bien, la estancia si ya están dentro, a personas en evidente estado inconveniente y que pongan en riesgo su integridad o la de los visitantes, de ser necesario se podrá solicitar el apoyo de elementos de seguridad pública.
  11. Para la celebración de eventos especiales de la Sociedad (torneos deportivos, campamentos, capacitaciones), se requerirá la autorización por escrito de la Dirección General. Una vez autorizado, la persona responsable de la organización deberá enviar la autorización por correo electrónico al Jefe de Compras e Inventarios con al menos 15 días de anticipación. Será responsabilidad del organizador la recepción y supervisión de la instalación de mobiliario o equipo especial, así como de la entrega de dicho mobiliario o equipo. El retiro de equipo o mobiliario se realizará a más tardar el día siguiente del evento.
  12. Para eventos en general organizados por empresas, asociaciones e instituciones, deberán de entregar una solicitud por escrito con al menos 10 días naturales de anticipación a la fecha del evento, la cual deberá ser autorizada por Dirección General.
    • Dicho escrito deberá contener lo siguiente:
      1. Numero de Socio.
      2. Nombre completo.
      3. Tipo de evento a realizar
      4. Número de invitados
      5. Duración y horario del evento
      6. Especificar instalaciones o áreas que requiere utilizar durante el evento.
      7. Especificar mobiliario o equipo a instalar
      8. Anexar copia de identificación oficial vigente
  13. Una vez recibido el escrito, se deberá turnar al Jefe de Compras e Inventarios para validar que las instalaciones estén disponibles.
  14. Dependiendo del tipo de evento, el Jefe de Compras e Inventarios notificará a Dirección General si es necesario pedir al solicitante la contratación del servicio de paramédicos.

II.  CHAPOTEADERO

Podrán hacer uso del chapoteadero, menores con edad máxima de 12 años, siempre y cuando, cumplan con los siguientes requisitos de seguridad, higiene y comportamiento:

  1. Será responsabilidad de los adultos acompañantes el permitir que los menores entren al chapoteadero, así como la supervisión constante durante su estancia. Su uso será bajo el propio riesgo de los visitantes.
  2. Para introducirse al chapoteadero, usar traje de baño o ropa y calzado apropiado.
  3. Queda prohibido dejar objetos en la orilla del chapoteadero que pudieran causar algún accidente.
  4. No se permiten juegos peligrosos como carreras y empujones.
  5. Se deberán mantener limpias las instalaciones del chapoteadero.
  6. No se permite consumir alimentos o bebidas dentro del chapoteadero.
  7. No se permitirá introducir envases de vidrio en esta área.
  8. Por su propia seguridad no podrán hacer uso del chapoteadero menores con enfermedades infectocontagiosas o estomacales, con heridas o vendajes.
  9. En caso de incumplimiento a los puntos anteriores, se solicitará al menor abandonar el chapoteadero.

III.  JUEGOS INFANTILES

Podrán hacer uso de los juegos infantiles, menores con edad máxima de 12 años, siempre y cuando, cumplan con los siguientes requisitos de seguridad, higiene y comportamiento:

  1. Será responsabilidad de los adultos acompañantes el permitir a los menores el uso de los juegos infantiles, así como la supervisión constante durante su estancia. Su uso será bajo el propio riesgo de los visitantes.
  2. Es responsabilidad del adulto acompañante, supervisar que no se dañen los juegos infantiles por el mal uso que puedan ocasionar los menores.
  3. Queda prohibido dejar objetos que obstruyan la circulación en los juegos infantiles que pudieran causar algún accidente.
  4. Se deberán mantener limpias las instalaciones del área de juegos infantiles.
  5. No se permite consumir alimentos o bebidas dentro de los juegos infantiles.
  6. No se permitirá introducir envases de vidrio en esta área.
  7. Por su propia seguridad no podrán hacer uso de los juegos infantiles menores con enfermedades infectocontagiosas o estomacales, con heridas o vendajes.
  8. En caso de incumplimiento a los puntos anteriores, se solicitará al menor abandonar el área de juegos infantiles.

IV.- CANCHA DE FUTBOL RÁPIDO, BASQUETBOL Y VOLEIBOL

Los paseantes podrán hacer uso de las instalaciones siempre y cuando, cumplan con los siguientes requisitos de seguridad, higiene y comportamiento:

  1. Será responsabilidad de los adultos acompañantes el permitir a los menores el uso de las instalaciones, así como la supervisión constante durante su estancia. Su uso será bajo el propio riesgo de los paseantes.
  2. Queda prohibido dejar objetos que obstruyan la circulación en las instalaciones que pudieran causar algún accidente.
  3. Se deberán mantener limpias las instalaciones.
  4. No se permite consumir alimentos o bebidas dentro de las instalaciones.
  5. No se permitirá introducir envases de vidrio en esta área.
  6. Respetar y hacer buen uso de las instalaciones deportivas.
  7. En caso de incumplimiento a los puntos anteriores, se solicitará a los paseantes abandonar las instalaciones.

V.- PALAPAS.

Los paseantes podrán hacer uso de las instalaciones siempre y cuando, cumplan con lo siguiente:

  1. Para hacer uso de las palapas, se tendrán que reservar, sujetándose a la disponibilidad que se tenga.
  2. Solamente los Socios podrán hacer reservaciones de las palapas.
  3. Las reservaciones de las palapas solamente se podrán realizar en Oficina Matriz, en el área de Cajas.
  4. Si el Socio que reserve la palapa requiere instalar el día del evento algún tipo de mobiliario o equipo, deberá notificarlo al momento de realizar la reservación y especificar lo que se va a instalar, dicha información se tendrá que proporcionar al personal asignado al Centro Recreativo para permitir el acceso. Se notificará al Socio que realice la reservación que él o sus invitados serán responsables de recibir y entregar dicho mobiliario y equipo, así mismo que el mobiliario tendrá que ser retirado el mismo día del evento. En este sentido se le informará que la Sociedad no se hará responsable de recibir, contar, revisar, entregar o resguardar ningún mobiliario o equipo ajeno a ella, así como responder por el extravío de los mismos.
  5. Para eventos realizados en las palapas, el máximo será de 50 personas por palapa, en los casos donde el Socio requiera la palapa para un grupo de 51 a 75 personas, deberán de presentar una solicitud por escrito días de anticipación, la cual deberá ser autorizada por Dirección General.
    • Dicho escrito deberá contener lo siguiente:
      1. Numero de Socio.
      2. Nombre completo.
      3. Tipo de evento a realizar.
      4. Número de invitados.
      5. Horario en que se llevará su evento (considerando la hora de cierre del Centro Recreativo según la fecha en que se solicite).
      6. Especificar mobiliario o equipo que utilizará.
      7. Se anexa copia de IFE/INE.
  6. Las palapas no se podrán rentar para grupos de más de 75 personas.
  7. El monto de la cuota por el uso de cada palapa será de $200.00 pagaderos al momento de la reservación.
  8. Una vez reservada la palapa el socio deberá firmar el  Reglamento de Uso del Recreativo “La Luna” y Carta Responsiva.
  9. En los casos donde el Socio que realizó la reservación o sus invitados no se presenten o no puedan hacer uso de la palapa reservada por causas ajenas a la Sociedad, no se reembolsará el monto de la renta de la palapa.
  10. Si el Socio requiere reprogramar la fecha de reservación de la palapa, deberá acudir a oficina Matriz para revisar disponibilidad en la fecha que requiere el cambio, si está disponible alguna palapa tendrá que cubrir la cantidad de $50.00 por concepto de penalización.
  11. El Socio responsable de la reserva, deberá entregar la palapa limpia, sin mobiliario o equipo instalado, si es el caso, además de revisar que no se hayan dejado pertenencias, la Sociedad no se hará responsable de objetos olvidados.
  12. El personal asignado al Centro Recreativo revisará que las instalaciones de la palapa estén en buenas condiciones, tal y como se entregaron, de no ser así, se notificará al Socio encargado de la reservación para que se haga responsable de los daños ocasionados. El resultado de dicha revisión deberá registrarse en la bitácora de incidencias como evidencia y respaldo de ambas partes.
  13. El Consejo de Administración, tiene la facultad de fijar las cuotas de recuperación, para mantenimiento de las instalaciones del Centro Recreativo.

VI.- PASEANTES.

  1. Para acceder y hacer uso de las instalaciones en calidad de paseantes, al menos una persona tendrá que ser Socio de la cooperativa y deberá acreditarlo presentando su credencial, o en su defecto, algún documento emitido por la cooperativa con su nombre e identificación oficial para validarlo, al ingresar se registrará el número de socio de todos los paseantes Socios o Menores Ahorradores.
  2. El Socio o Ahorrador Menor que así lo acredite de acuerdo al punto anterior, podrá acceder al Centro Recreativo y hacer uso de sus instalaciones sin costo (excepto las palapas); las demás personas pagarán $20.00 c/u, excepto menores de 5 años, personas de la 3ª edad y personas con discapacidad.
  3. Los menores de edad asistirán acompañados de un adulto quien será responsable de ellos.
  4. El Responsable del Recreativo La Luna o en ausencia el Auxiliar, deberán llevar un registro diario de sus visitantes de acuerdo al motivo de su visita. Separando los que puedan ir en calidad de paseantes o cualquier otro asunto, pudiendo ser: visitas de proveedores, de revisión, supervisión, entre otras.
  5. La Sociedad no será responsable, en ningún caso de las lesiones, daños o perjuicios que sufran los paseantes en su persona, bienes o posesiones por negligencia o mal uso de las instalaciones, cada uno será responsable de su seguridad sin que trascienda responsabilidad alguna para la misma.
  6. No se permitirá la entrada a paseantes menores de 15 años que acudan sin la compañía de un adulto, al ingresar deberán acreditar la edad establecida.
  7. No se permitirá el consumo de bebidas embriagantes a menores de edad.
  8. El consumo de bebidas embriagantes de paseantes mayores de edad deberá ser moderado.

VII.- DERECHOS.

  1. Socios y Ahorradores Menores tendrán derecho a utilizar y disfrutar de las instalaciones del Centro Recreativo, con excepción de lo señalado en el Articulo 1, Fracción IV, ‘’Instalaciones’’.
  2. Se permitirá el acceso de invitados siempre que vayan acompañados de algún Socio y cubran la cuota correspondiente.
  3. Los Socios podrán emitir por escrito sus opiniones, sugerencias y quejas en forma mesurada y correcta, con sus datos personales y número de Socio utilizando para ello el buzón correspondiente ubicado en las instalaciones.

VIII.- OBLIGACIONES.

  1. Todos los paseantes que acudan al Centro Recreativo, deberán observar buena conducta tanto con los demás asistentes como con el personal asignado al lugar.
  2. Los paseantes deberán observar, cumplir y respetar el reglamento vigente que se encuentra a la vista en las instalaciones
  3. Los paseantes deberán acatar las medidas de seguridad que se indican en los señalamientos para uso de las instalaciones.
  4. Los paseantes deberán ajustarse a los horarios establecidos.
  5. Los paseantes deberán respetar la individualidad de los demás, usando moderadamente sus aparatos de sonido.
  6. Los paseantes deberán acatar las medidas disciplinarias que el Centro Recreativo determine para salvaguardar su integridad física.
  7. Los paseantes deberán conservar limpias las instalaciones, así como recolectar sus residuos sólidos.

IX.- PROHIBICIONES.

  1. Queda prohibido a los paseantes, dar órdenes al Responsable del Recreativo La Luna o Auxiliar, cualquier opinión, queja o sugerencia deberá hacerse llegar a la Dirección General mediante los canales establecidos.
  2. Dentro de las instalaciones, queda prohibido portar armas de fuego o punzo cortantes que no sean de uso doméstico, la posesión y/o consumo de cualquier estupefaciente y el exceso de bebidas embriagantes.
  3. Sin excepción, queda prohibida la entrada a las instalaciones de toda clase de mascotas.
  4. No se podrá ingresar bebidas con envase de vidrio.
  5. Prohibido introducir cualquier sustancia tóxica.
  6. Tirar basura fuera de los lugares establecidos.
  7. Utilizar las instalaciones para realizar actos inmorales.
  8. Queda prohibido encender fogatas dentro de las instalaciones, solamente se podrán usar los asadores, debiendo apagarlos totalmente al terminar su estancia.
  9. Prohibido pintar o dañar el mobiliario e instalaciones.
  10. Prohibido la circulación de vehículos y motocicletas en las áreas verdes.
  11. No se permitirá el acceso a visitantes que hayan incurrido en algún daño o desperfecto dentro de las instalaciones y a la fecha, no se haya reparado el daño, se llevará un registro de incidencias.
  12. La velocidad máxima permitida de cualquier vehículo para circular en el área de estacionamiento será de 10 Km/Hora.
  13. Los visitantes no podrán permanecer dentro de las instalaciones fuera de los horarios establecidos.

 

 

 

Los casos no previstos en el presente reglamento, así como las diferencias que surjan en cuanto al criterio de su aplicación, serán resueltos por Dirección General.